Solicitud y tramitación

Documentación

Personas impedidas

Personas con discapacidad visual

Fuera de España

Prevalencia

Plazos

Voto presencial y accesible de las personas con discapacidad visual

(Real Decreto 1612/2007 en BOE número 294 de 8 de diciembre de 2007 y Orden INT/3817/2007, de 21 de diciembre en BOE número 310, de 27 de diciembre)

Actuaciones y plazos:

· Comunicación vía telefónica al Ministerio del Interior por la persona con discapacidad visual para utilizar el procedimiento de voto accesible (del día 15 de enero al 11 de febrero).

· Confirmación del Ministerio del Interior al elector con discapacidad visual de que ha recibido su comunicación y que le habilita para recoger, previa presentación del DNI, la documentación en Braille en la Mesa correspondiente (del 15 de enero al 11 de febrero).

· Posibilidad de consultar las candidaturas proclamadas y los candidatos integrados en las mismas en la página web en formato accesible y en el teléfono gratuito del Ministerio del Interior habilitados a tal efecto (11 de febrero a 9 de marzo).

· Envío por el Ministerio del Interior a las Mesas electorales de la documentación en Braille necesaria para poder votar los discapacitados visuales habilitando en los Colegios electorales un espacio accesible para manipular la documentación que garantice el secreto del voto (el día 8 de marzo).

· Seleccionada la papeleta e introducida en el sobre procederá a votar en la Mesa de la cual es elector (el día 9 de marzo).