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La recuperación de las libertades democráticas y, en concreto, la aprobación, mediante referéndum, del Estatuto de Gernika constituyen los acontecimientos decisivos, que introducen en la Comunidad Autónoma del País Vasco una situación política radicalmente distinta de la anterior.
Desde esta perspectiva, los partidos firmantes queremos insistir en que cualquier referencia que en el ACUERDO se haga a problemas políticos del Pueblo Vasco, al desarrollo estatutario o a las relaciones que la Comunidad Autónoma Vasca vaya a mantener con la Comunidad Foral de Navarra no puede entenderse en ningún caso ni como justificación del terrorismo ni como condición, contrapartida o moneda de cambio para el cese de la violencia terrorista, que no tiene ningún tipo de justificación en esta sociedad. Esta condena y rechazo de ETA la hacemos los partidos vascos desde la legitimidad que nos confiere la defensa democrática y pacifica del autogobierno para nuestro pueblo.
Porque el Estatuto de Gernika resultado de un largo y, a veces, difícil proceso de negociaciones, que desembocaron en un autentico pacto entre los representantes de la Asamblea de Parlamentarios Vascos y los de la Comisión Constitucional del Congreso- constituye un punto de encuentro de la voluntad mayoritaria de los vascos y el marco jurídico del que la sociedad vasca se dota, en un determinado momento histórico, para acceder al autogobierno y regular la convivencia pacifica, representando, en consecuencia, la expresión legítimamente refrendada de la propia voluntad y un logro histórico sin precedentes en la historia contemporánea del Pueblo Vasco, aun cuando no recoja, como es obvio, todas y cada una de las reivindicaciones de los diversos sectores representativos de la pluralidad de intereses de la sociedad.
El mismo Estatuto contiene además en su propio texto los mecanismos necesarios, igualmente refrendados por la voluntad popular, para poder acceder a su eventual reforma. Más aún, como expresión de respeto y reconocimiento de las profundas aspiraciones al autogobierno que el Pueblo Vasco ha demostrado a lo largo de su historia, el propio Estatuto refrendado, en su Disposición Adicional, hace reserva expresa de los derechos que a dicho Pueblo hubieran podido corresponder en virtud de su historia y a cuya actualización, mediante la expresión de su voluntad en cada momento y de acuerdo con lo que establezca el ordenamiento jurídico, aquél no renuncia por la aceptación del actual régimen de autonomía.
Tanto las disposiciones positivas que contiene como estas reservas cautelares, unidas a la Disposición Adicional Primera y a las posibilidades que ofrece el articulo150.2 de la Constitución, hicieron que el Pueblo Vasco viera en el Estatuto de Gernika un instrumento valido para la progresiva satisfacción de sus aspiraciones y lo refrendara por amplia mayoría.
Incluso algunos sectores, que habían continuado utilizando la violencia para la consecución de sus fines políticos, supieron apreciar la novedad de la situación creada a raíz de su aprobación, abandonaron la actividad violenta y decidieron su incorporación a la actividad política dentro del marco mayoritariamente aprobado.
Hoy es el día, sin embargo, en que, pasados ya ocho años desde la aprobación del Estatuto, ciertos sectores, en contra de la voluntad mayoritaria, clara y reiteradamente expresada por su pueblo, continúan utilizando la violencia como medio de imponer modelos políticos alternativos, que, además de no haber podido articularse hasta ahora en una oferta política clara, han resultado siempre minoritarios en cuantos procesos electorales se han producido.
Por otra parte, el uso ilegitimo y reprobable del terrorismo, además de suponer la expresión más dramática de la intolerancia y del exclusivismo, un inadmisible desprecio de la voluntad popular y un atentado contra los derechos fundamentales de la persona, continúa acumulando sobre la sociedad vasca desastrosas consecuencias en los aspectos morales, sociales, políticos y económicos, que se ven sustancialmente distorsionados y deteriorados por su causa.
Más aún, la llamada violencia política, sea cual fuere su utilidad respecto de los fines que los propios violentos afirman perseguir, se ha demostrado ya en nuestro País, dotado de instituciones democráticas, no solo ineficaz, sino perjudicial para la consecución efectiva del autogobierno a que el Pueblo Vasco aspira, erigiéndose así en un importante obstáculo para la satisfacción de sus aspiraciones.
Ya en Marzo de 1985, el Parlamento Vasco adopto, en circunstancias muy concretas, una postura decidida contra la utilización de la violencia para la consecución de fines políticos, negándole cualquier pretensión de suplantar la voluntad popular.
Hoy se puede constatar con satisfacción que en la sociedad vasca se ha extendido e intensificado el deseo de alcanzar su definitiva pacificación. Van haciéndose cada vez más frecuentes las llamadas al abandono del terrorismo y a la participación de todos los sectores, desde sus respectivas posiciones legítimamente discrepantes, en la resolución progresiva, por las vías democráticas e institucionales, de los graves problemas que tiene planteados el País.
La sociedad vasca, que ha optado mayoritariamente por la vía estatutaria, ha adquirido ya una conciencia clara de que ni la violencia política ni los planteamientos de quienes la exculpan o justifican deben condicionar su posicionamiento democrático y mayoritario, de modo que la persistencia del uso de la fuerza no puede servir ni de argumento para intentar acceder a mayores cotas de autogobierno que las democráticamente aprobadas ni de freno a la plena satisfacción de sus aspiraciones mayoritarias, actitudes ambas que redundarían en la quiebra de su confianza democrática.
Convencidos, por tanto, de que la única vía para la normalización y pacificación de la sociedad es la que pasa por el estricto respeto de la voluntad popular, dirigimos un llamamiento a quienes aún continúan utilizando o legitimando la violencia para que, por respeto a esa misma voluntad popular, abandonen las armas y se incorporen a la actividad institucional, desde la que estarán legitimados para defender, por vías pacificas y democráticas, sus propios planteamientos políticos.
Tal llamamiento lo hacemos además desde la constatación de que son estos cauces democráticos los únicos que pueden conducir a la resolución de los problemas que tiene planteados nuestra sociedad. Debemos constatar, a este respecto, los indudables avances que se han producido en nuestro País a raíz de la aprobación y del desarrollo del Estatuto, que han sido posibles gracias a actitudes de dialogo y negociación.
Al mismo tiempo, no podemos dejar de constatar la preocupación que se ha ido produciendo en sectores de la sociedad vasca, que entienden que ni el ritmo ni algunos de los contenidos del desarrollo estatutario han correspondido a lo que pudieron esperar cuando se aprobó el estatuto.
Esta preocupación, que no invalida los logros conseguidos en estos ocho años de desarrollo estatutario ni, mucho menos, los métodos democráticos con que se han alcanzado, debe servirnos de estimulo para intensificar la disposición al diálogo y al acuerdo como vías eficaces para la resolución de los conflictos políticos y para el mantenimiento de la confianza depositada en el Estatuto.
En tal sentido, los Partidos firmantes del presente ACUERDO asumimos el compromiso de trabajar en un clima de acuerdo básico y de consenso que oriente también hoy la interpretación y aplicación del Estatuto, de modo que cuantos creyeron que éste iba a constituir un instrumento eficaz para resolver el profundo contencioso vasco refuercen su confianza en él y se resuelvan los problemas pendientes en el pleno cumplimiento de sus contenidos.
Así, pues, los Partidos abajo firmantes aprobamos el siguiente ACUERDO PARA LA NORMALIZACIÓN Y PACIFICACIÓN DE EUSKADI:
2.a. El Estatuto de Gernika representa la expresión de la voluntad mayoritaria de los ciudadanos del País Vasco y constituye, en consecuencia, la norma institucional básica de que se ha dotado para acceder a su autogobierno, por lo que su asunción o acatamiento es una condición necesaria para alcanzar su definitiva normalización y pacificación.
2.b. El pleno y leal desarrollo de todos y cada uno de los contenidos del Estatuto sigue siendo el marco válido para la resolución progresiva de los conflictos de la sociedad vasca y contribuirá de manera decisiva al reforzamiento de la confianza democrática y de la convivencia pacifica, por lo que todos los firmantes del presente ACUERDO nos comprometemos a desarrollarlo en su plenitud, de conformidad con los principios que lo inspiraron y respetando su singularidad. A tal efecto, a través de una comisión parlamentaria especifica o bien de la propia Comisión Institucional del Parlamento Vasco, se procederá, en un clima de entendimiento básico, a fijar, con el mayor consenso posible, los criterios del Parlamento sobre el alcance del pleno desarrollo del Estatuto.
2.c. Es la voluntad mayoritaria del pueblo, a través de sus representantes legítimos, y no la de quienes pretenden imponer de forma violenta o totalitaria sus criterios sobre el conjunto de la sociedad, quien debe juzgar en cada momento de la validez o invalidez del Estatuto como instrumento de autogobierno y decidir, en su caso, su reforma y desarrollo mediante los procedimientos contemplados en el propio Estatuto y en la Constitución, estando siempre legitimado el mismo pueblo para reivindicar cualquier derecho que, de acuerdo con las Disposiciones Adicional Primera de la Constitución y Unica del Estatuto, le hubiera podido corresponder.
2.d. Frente a quienes pretenden que Navarra forme parte del régimen autonómico vasco al margen de la voluntad de los propios navarros y sus instituciones, proclamamos que solo a los ciudadanos navarros corresponda decidir sobre su propio futuro.
Las diferentes opciones políticas planteadas en torno a la relación de Navarra con la Comunidad Autónoma Vasca tienen su cauce de realización democrática en el marco de la Constitución, del Estatuto de Gernika y la Ley de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, que contemplan la posibilidad de su incorporación al régimen autonómico vasco si así lo deciden los ciudadanos navarros, la celebración de convenios para la gestión y prestación de servicios propios, así como de acuerdos de cooperación.
Habida cuenta de que la relación con el Territorio Foral de Navarra es una aspiración sentida por amplios sectores de la sociedad vasca, los Partidos firmantes del presente ACUERDO, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, propiciaremos, de acuerdo con las instituciones navarras, la intensificación de esa relación y la creación de instrumentos que respondan a nuestras afinidades e intereses comunes.
Urgimos a las Instituciones públicas a intensificar las medidas necesarias para superar las graves consecuencias sociales de la crisis económica y para impulsar desde el sector público la creación de las condiciones precisas para la recuperación de la economía de Euskadi, al tiempo que nos comprometemos a crear el clima propicio de pacificación y normalización que anime la confianza inversora imprescindible para la economía vasca.
Para ello, y a través de nuestros representantes, nos comprometemos a adherirnos a este Acuerdo en la próxima reunión de las respectivas instituciones.
Vitoria-Gasteiz, 12 de enero de 1988
Y en prueba de conformidad con el ACUERDO que antecede, lo firman, en Ajuria-Enea, sede de la Presidencia del Gobierno, Vitoria-Gasteiz, a doce de Enero de 1988.
En relación con el punto 3 párrafo 2 y su alusión al articulo 17 del Estatuto, EA considera imprescindible aclarar en términos inequívocos que el pleno desarrollo de la competencia policial de la Comunidad Autónoma Vasca, según dicho artículo, significa que la Comunidad Autónoma Vasca podrá ejercer la competencia exclusiva sobre todas las materias no citadas como supra o extracomunitaria en el mencionado articulo, sin perjuicio de los plazos, procedimientos y actuaciones coordinadas que pudieran acordarse para un ejercicio de la competencia.