ELECCIONES MUNICIPALES 2003
Programa electoral para Juntas generales de Vizcaya
Ficha de candidato
Ficha de Interventor o Apoderado
Instrucciones de voto por correo residentes en España
Instrucciones de voto por correo residentes en el extranjero
Teléfonos para envío de candidaturas

INSTRUCCIONES DE VOTO POR CORREO PARA PERSONAS RESIDENTES EN ESPAÑA

SOLICITUD VOTO POR CORREO
El impreso, que se facilita en cualquier oficina de Correos de España es el modelo de solicitud que el elector deberá cumplimentar para recabar, de la Delegación de la Oficina del Censo Electoral que corresponda, el certificado de inscripción en el censo electoral y poner en marcha de esta manera el procedimiento para poder emitir su voto por correo en las Elecciones que tendrán lugar el próximo día 25 de mayo.

¿QUIEN PUEDE VOTAR POR CORREO?
Pueden votar por correo los electores que prevean qué en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto.

Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España pueden solicitar el envío de la documentación para el voto por correo a un domicilio en España para lo cual deben cumplimentar la solicitud de voto por correo anotando una "X" en el apartado "Residente en el extranjero".

También pueden votar por correo los electores que por enfermedad o incapacidad física no pueden personarse en el lugar de la votación.

Una vez hecha la solicitud del voto por correo, no se puede votar personalmente.

PROCEDIMIENTO PARA VOTAR POR CORREO

A. Solicitud
La solicitud se debe formular personalmente por los interesados

La solicitud y el sobre de remisión deberán dirigirse a la provincia donde figura inscrito en el Censo Electoral.

Sólo en caso de enfermedad o incapacidad -cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial- la solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por persona autorizada notarialmente o consularmente, mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores ni una misma persona representar a más de un elector. (El elector tiene derecho a que estos documentos sean extendidos de forma gratuita).

B. Lugar de presentación
La solicitud cumplimentada y firmada deberá ser presentada en cualquier Oficina de Correos de España. El funcionario encargado de recibirla exigirá al interesado la exhibición de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir y comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se adimitirá fotocopia del mismo.

Los ciudadanos noruegos deberán exhibir su tarjeta de residencia y los ciudadanos no españoles de la Unión Europea, un documento de identidad: pasaporte, tarjeta de residencia o el equivalente al DNI de su país.

No será válido el envío por correo ordinario

C. Plazo para solicitar el voto por correo
Se puede solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior al de la votación (15 de mayo). No obstante si Vd. piensa ejercer el derecho al voto por correo, no espere a última hora. Formule la solicitud lo antes posible.

D. Envío de la documentación para el voto por correo
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente iniciará el envío de la documentación necesaria para el voto por correo, en el supuesto de que no sea impugnada la proclamación de candidatos, el día 5 de mayo. El envío se hará al domicilio indicado por usted en la solicitud y a su nombre.

El aviso de recibo acrediativo de la recepción de la citada documentación, deberá ser firmado personalmente por el interesado previa acreditación de su identidad.

E. Plazo para remisión del voto por correo
El voto debe remitirse por correo certificado no más tarde del día 21 de mayo.

 

VOTO POR CORREO DE PERSONAS ENFERMAS O DISCAPACITADAS

El PP de Vizcaya ofrece un servicio de ayuda, orientación y realización del voto por correo de personas enfermas o discapacitadas (mayores, impedidos, etc.)

Para informarse basta con llamar al 94 439 92 77 (Bilbao) o al 94 480 11 11 (Getxo) y preguntar por el equipo de voto por correo.

Este servicio atenderá cada caso y, de ser necesario, gestionará la visita de un Notario al domicilio del elector enfermo o discapacitado para facilitarle la solicitud y realización de su voto.